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CAUSAS Y AZARES

 

LA SUPREMA CORTE ¿RECIBE ÓRDENES DE LOZANO?

 

Por María de Lourdes Martínez González

 

Tal y como lo anunció desde el pasado 03 de marzo del 2010 el Secretario del Trabajo, Javier Lozano Alarcón...La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo a los mineros de la sección 65, de Cananea, para cancelar la resolución judicial que ordena el rompimiento de sus relaciones laborales con la empresa Minera Mexico. La razón fue la misma que auguró el funcionario: causa de "fuerza mayor".

Lo que prende focos rojos es que en aquella fecha los mineros todavía ni se amparaban. Apenas se había dado a conocer el decreto que emitió un juez II de distrito en materia laboral, el jueves 11 de febrero del 2010, para extinguir las relaciones de trabajo entre el Grupo México y el Sindicato Minero. (leer noticia relacionada) .

El colmo fue que anunció que ese mismo destino tendrá el amparo de los electricistas contra el decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro. Por lo cual los conminaba a que ya no se resistieran más y pasaran a cobrar sus liquidaciones.

Desde entonces los legisladores le criticaron a Javier Lozano sus malos augurios. Parecía demostrar que es verdad lo que se sospecha... que Lozano Alarcón influye en las decisiones de los jueces, magistrados y ministros del poder judicial. Que les llama por teléfono antes de que emitan su resolución, los atociga, los amenaza, les pone una guardia permanente y hasta los visita personalmente y les dicta las resoluciones en relación a las querellas laborales.

Casi dos meses después de los vaticinios de Lozano Alarcón, ocurrió exactamente lo que anunció con mucha antelación el secretario del Trabajo. La Suprema Corte de Justicia de la Nación falló en contra de los mineros, avaló la resolución de que se rompan las relaciones de trabajo con la Minera México, por causa de "Fuerza Mayor".

El fallo que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el pasado 22 de abril del 2010 en contra de los mineros de Cananea, cumpliendo todas las predicciones del secretario del Trabajo, sólo deja en claro una cosa para el coordinador de los senadores por el Partido del Trabajo, Ricardo Monreal... que "no hay autonomía en la Suprema Corte. La Corte no está decidiendo con autonomía ni con independencia, es un organismo subordinado a los intereses económicos y del gobierno", afirmó.

Para el presidente de la comisión minera de la Cámara de Diputados, Miguel Pompa Corella, de la fracción del PRI, el asunto por lo menos resulta sospechoso "ciertamente es una casualidad muy grande...eso se presta a todo tipo de especulaciones...sí es mucha casualidad...y de Lozano no me extraña nada".

Ahora nuevamente queda en entredicho la supuesta autonomía del poder judicial. Lo más aberrante es que los ministros no aplican el criterio de causa de "fuerza mayor" o "caso fortuito", que establece la Ley Federal del Trabajo, artículo 434, fracción I de la Ley Federal del Trabajo, como motivo para terminación de las relaciones laborales con los trabajadores sin responsabilidad del patrón. Porque en la mina de Cananea no ocurrió ningún caso fortuito, sino una huelga provocada por la parte patronal al imcumplir con el contrato colectivo de trabajo. Peor aún la huelga fue declarada existente, es decir válida, por las autoridades laborales. por lo cual no existe la "fuerza mayor" y mucho menos "caso fortuito".

 
     
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

 

 

 

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