Portal Semanario
Año 13. No. 682. del 28 ene. al 02 feb. 2019
Premio de Comunicación Alternativa

 

En 2 semanas se disparó el número de propuestas

YA VAN 42 INICIATIVAS DE REFORMA LABORAL

*La mayoría modifican algunos artículos, hay algunas integrales.

*Sindiciato de la Unión Nacional de Trabajadores entregó su propuesta integral.

*La Nueva Central de Trabajadores someterá a análisis la propuesta de MORENA.

Participación de Carlos Guillén Soriano,

Integrante del Sindicato Único de Trababajadores de la Industria Nuclear,

Colaborador Voluntario de Frecuencia Laboral

Publicación Original del Portal www.frecuencialaboral.com

El pasado 15 de enero de 2019 se publicó en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, otra iniciativa para reformar la Ley Federal del Trabajo (LFT), con la que ya suman 42 iniciativas al respecto en lo que va de la actual legislatura.

Esta iniciativa fue presentada por el diputado Francisco Javier Ramírez Navarrete, quien es también profesor de la Universidad Tecnológica de Tejupilco, Estado de México, e integrante del sindicato de trabajadores de dicha Institución. Se trata de un proyecto elaborado por sindicatos integrantes de la Unión Nacional de Trabajadores como el Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana.

Propone reglamentar la reforma laboral constitucional de 2017, por lo que además de las modificaciones a la LFT, propone modificar la Ley de Amparo y crear una nueva Ley de Centros de Conciliación. En las reformas propuestas a la LFT se incluyen además, temas que no se abordan en las otras iniciativas.

En un resumen preparado por los licenciados Héctor Barba y Héctor Solano, asesores jurídicos de la UNT, se señalan algunos de los aspectos principales de esta iniciativa, que a diferencia de las otras que se han presentado, surge de la discusión y trabajo de organizaciones sindicales, por lo que contiene muchos elementos de la experiencia de estas organizaciones y atiende aspectos que otras omiten. Las propuestas incluyen la reglamentación de la reforma al artículo 123 y algunos temas adicionales.

Sobre la reglamentación de la reforma constitucional del artículo 123, se plantea la transferencia de los aproximadamente un millón de expedientes rezagados en las juntas de conciliación a los nuevos tribunales laborales, a fin de evitar la coexistencia de las juntas con los tribunales, lo que representaría un doble gasto. Se propone una metodología de concurso abierto de candidatos a nuevos funcionarios para la constitución de los Tribunales Unitarios en Materia Laboral de Circuito y de los tribunales laborales locales.

Aquí hay una diferencia con la iniciativa que presentó poco antes Morena, que deja abiertos los tiempos para los expedientes rezagados, lo que podría alargar el proceso de transición más allá del actual sexenio. Señala el estudio del Lic. Barba que transición del sistema escrito al oral en materia penal, se ha operado durante dos sexenios y todavía no se ha logrado su generalización nacional.

Otra propuesta es que el registro de los contratos colectivos a cargo actualmente de las Juntas y de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se opere en cuanto se instale el Centro Nacional de Conciliación y Registros Laborales, cesando de inmediato esas funciones a cargo actualmente de la Juntas y la Secretaría, con las mismas modalidades de la transición de la justicia jurisdiccional; de traslado de todos los expedientes a la nueva autoridad registral que los resolverá junto con los nuevos, operándose con menor presupuesto.

Se propone la creación del Centro Nacional de Conciliación y Registros Laborales y de los Centros de Conciliación de las entidades federativas, que operen bajo una Ley General de Centros de Conciliación, a fin de conseguir la homologación en su funcionamiento y evitar la discrecionalidad en los estados, como ya sucedió en Hidalgo donde el Centro de Conciliación creado no coincide con la reforma de 2017.

Para estos centros, se proponen procedimientos que faciliten los arreglos conciliatorios exclusivamente en asuntos individuales, sin invadir la materia colectiva exclusiva de los tribunales laborales.

Sobre la contratación colectiva

Se adiciona a la contratación colectiva, que para su validez debe contemplar, además de las formalidades ya vigentes, cláusulas de bilateralidad, así como salarios y prestaciones superiores a los mínimos actuales de la Ley, para facilitar la diferenciación de los contratos colectivos operativos de los simulados y coadyuvar en la supresión de estos contratos de protección, que prevalecen a nivel nacional.

Voto personal, libre y secreto de los trabajadores

Partiendo de la experiencia de numerosas organizaciones del sindicalismo democrático, se plantea como obligatorio para todos sindicatos el sistema de voto personal, libre y secreto para las elecciones de la directiva sindical, así como procesos electorales transparentes y debidamente soportados con previa convocatoria, padrón electoral fidedigno y votaciones libres y ordenadas.

Se plantea lo mismo para los recuentos en los juicios de titularidad, para el nuevo juicio colectivo de nulidad del contrato colectivo para que la aceptación o rechazo del contrato colectivo se decida exclusivamente mediante recuento con voto personal, libre y secreto de los trabajadores.

Un aspecto adicional que se incluye son mejoras a la Inspección del Trabajo, a fin de que se constituya en un real factor para la vigilancia y cumplimiento cotidiano de las obligaciones patronales frente a los trabajadores.

Reformas adicionales

Ante el incremento del outsourcing o subcontratación, que ha adquirido un enorme volumen, y se practica por empresas nacionales y principalmente por grandes trasnacionales, se plantea su eliminación por ser uno de los principales obstáculos que impiden el salario decente; las libertades, sindical y de contratación colectiva y el usufructo del producto nacional por los mexicanos.

Siguiendo experiencias positivas del sindicalismo democrático, la iniciativa sostiene que el sistema de sindicación que el país requiere, debe sustentarse primordialmente en la constitución de sindicatos nacionales de industria, en donde los trabajadores se organicen por rama de actividad y cadena productiva para afianzar unitariamente la fuerza de su representatividad y superar la dispersión sindical.

Se propone para el caso de los trabajadores de la educación superior, eliminar las inconstitucionales limitaciones a los derechos de constituirse en sindicatos nacionales del sector educativo y de contratación colectiva única de todos los trabajadores, sin distinciones de planteles ni entre docentes y administrativos.

Otros aspectos adicionales propuestos son la igualdad de derechos y de oportunidades de los géneros, respetándose las diferencias naturales existentes y la creación de Tribunales Unitarios en Materia Laboral de Circuito Especializados en Seguridad Social. Este tema resulta imprescindible habida cuenta que gran parte de la masa de juicios en rezago que existen en materia federal, corresponden a esa materia especializada.

Riesgos de Trabajo

En relación con la salud de los trabajadores, se propone subsanar las deliberadas omisiones derivadas de la reforma laboral de 2012, que excluyó la tabla de valuación de los riesgos de trabajo, con la consecuente afectación de los trabajadores. Se propone la adecuación periódica de las tablas de enfermedades profesionales y de valuación de riesgos de trabajo. La iniciativa incluye aumentar el límite del pago en las indemnizaciones por riesgos del trabajo a cargo del patrón.

En otros temas, se aborda la reglamentación en trabajos especiales, para trabajadores Mineros, agrícolas, trabajadoras y trabajadores domésticos y trabajadores de confianza, así como el pago de salarios y prestaciones totales en reinstalación y mayor tope a salarios caídos en indemnización y la derogación de los contratos de capacitación inicial. Se proponen mejoras en los pagos de Prima vacacional, prima dominical y aguinaldo.

En resumen, se propone reformar 342 artículos, adicionar 21 y derogar 84.

Para la elaboración de esta nota, se usó el resumen ejecutivo preparado por los licenciados Héctor Barba y Héctor Solano.

 

 
   
 
 

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

 

 

Año 13. No. 682. del 28 ene. al 02 feb. 2019
Premio de Comunicación Alternativa
Ir al Inicio
Directorio
¿Quiénes Somos?
Contáctanos