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EL SALARIO MINIMO VIOLA LOS DERECHOS HUMANOS

Desde 1993 México incumple las recomendaciones emitidas por el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales de la ONU.

México D.F., a 19 de diciembre de 2006


El salario es un Derechos Humano; de acuerdo al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) debe garantizar a toda persona "una remuneración que proporcione como mínimo a todos los trabajadores: un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor, sin distinciones de ninguna especie…Condiciones de existencia dignas para ellos y para sus familias...
En este sentido, el Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL) exige del presidente Felipe Calderón Hinojosa, cumpla el compromiso adquirido el pasado 13 de diciembre, durante la entrega del premio Nacional de Derechos Humanos 2006, al afirmar que su gobierno estará regido por el respeto irrestricto a los derechos humanos. Esta afirmación demanda una absoluta voluntad política para mejorar la situación salarial de las y los trabajadores mexicanos, voluntad que no ha sido observada por sus antecesores, pese a que desde 1993 existen diversas observaciones y recomendaciones en materia salarial.
En la recta previa a la fijación del salario mínimo, le recordamos tanto al Presidente Calderón como a la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, parte de las recomendaciones de las que ha sido objeto el Estado Mexicano desde hace trece años, con el fin de que sean las primeramente consideradas en su determinación.
En virtud de que el salario mínimo en 1993 era de $13.06, mientras que el salario real equivalía a $50.22, registrando una diferencia del $37.16, el Comité DESC en el mismo año señaló su preocupación por la disminución del poder adquisitivo del salario mínimo durante los últimos años, ya que desde entonces no era suficiente para que las personas puedan vivir por encima del umbral de la pobreza, por lo que entonces recomendaba se hicieran esfuerzos para impedir que siguiera deteriorando el poder adquisitivo del salario mínimo.

Nuevamente en 1999 el Comité lamentaba que, a pesar del positivo crecimiento de los indicadores macroeconómicos en México, especialmente la marcada baja del nivel de la inflación, la Comisión Nacional de Salario Mínimo no haya ajustado al alza el salario mínimo, recomendando que se hicieran esfuerzos para impedir que siguiera deteriorando el poder adquisitivo del salario mínimo.

En mayo de 2006, el Comité reitera su preocupación por los bajos salarios mínimos del Estado Mexicano, recomendando al Gobierno Federal que vele por que los salarios fijados por la Comisión Nacional de Salarios, aseguren a todos los trabajadores y empleados, en particular a las mujeres y los indígenas, condiciones de vida dignas para ellos y para sus familias.
En el mismo sentido, durante el 2003 la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en México, en el Informe sobre la situación de los Derechos Humanos en México, recomendaba al gobierno foxista modificar la política en materia salarial con miras a revertir el deterioro en los niveles de vida de las familias, liberando la fijación de los salarios a las negociaciones entre empleadores y trabajadores, con el fin de que los salarios se determinen por empresa o rama, partiendo de la evolución de la productividad y el resarcimiento del deterioro histórico observado en los salarios reales. Para esto las autoridades económicas y financieras deberán dejar de intervenir en la determinación de los salarios.

Además señalaba la urgencia de acordar de manera inmediata un aumento en términos reales, paulatino pero sostenido, de los salarios mínimos legales para que recuperen su función de garantía social.

Durante el sexenio de Fox, según datos del Centro de Análisis Multidisciplinario CAM, de la facultad de economía de la UNAM, el precio de la Canasta Obrera Indispensable (conformada por 35 productos básicos para el unos diario de una familia de 5 personas) paso de $6.86, en 1987, a $288.23, en 2006; es decir, acumuló un incremento de 4451.31%. Mientras que el salario mínimo pasó de $4.67 a 48.67 representando un aumento de sólo 755.33% para el mismo periodo. Esto significa que el salario mínimo actual debería ser de por lo menos 288.23 pesos diarios, que es el costo de la Canasta Obrera Indispensable, con esto se comprueba que en la fijación del salario no se han considerado las recomendaciones emitidas por el Comité DESC de la ONU.

Ante esto, el Gobierno Federal no puede seguir ignorando la precariedad salarial en la que viven trabajadores y trabajadoras, y las recomendaciones de las que ha sido objeto en materia del derecho humano al salario digno. Si el gobierno actual quiere marcar una diferencia con su antecesor, tendrá que hacer el trabajo que este evadió durante su sexenio y restituir el derecho humano a un salario digno y suficiente, como lo establece el artículo 123 constitucional y los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos.


Lic. Rita Marcela Robles Benítez
Área de Derechos Humanos Laborales.

 
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