Año 6. No. 344. del 08 14 al jul 2012

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Sin Pago de Tiempo Extra

SE IMPONE LA JORNADA LABORAL DE 12 HORAS

*Falso que se Han Creado 600 Mil Empleos...Sólo van 240 mil: UNAM

 

Por María de Lourdes Martínez González

Periodista de Frecuencia Laboral

En el 90 de los empleos que se generan en México ya se impuso la jornada laboral de entre 10 y 12 horas diarias, sin pago de tiempo extra, pese a que la Ley Federal del Trabajo vigente establece que después de 8 horas de trabajo se debe pagar salario adicional, lo cual se suma a la eliminación de prestaciones sociales como el reparto de utilidades o de aguinaldo, el goce de vacaciones, alertó el doctor David Lozano, coordinador del Centro de Análisis Multidisciplinario de la Facultad de Economía de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

El especialista destacó que es falsa la información que difundieron las autoridades de la Secretaría del Trabajo y del Banco de México en el sentido de que podrán crearse entre 600 mil y 800 mil empleos al finalizar el año, el miércoles 05 de julio del 2012, pues destacó en entrevista con Frecuencia Laboral, que de acuerdo a sus investigaciones, en lo que va del año apenas se han creado una tercera parte de las plazas que señala el gobierno federal, de las cuales en el 90 por ciento de los casos se detectan condiciones de sobre explotación para la mano de obra mexicana.

"Los empleos que se han creado en lo que va del año son 220 mil, de los cuales 190 son empleos formales y el resto son informales. La informalidad se acrecienta en el sentido de que los patrones no están cumpliendo con el pago de las prestaciones que señala la Ley Federal del Trabajo".

Agregó que quienes ofrecen plazas de trabajo normalmente evaden el pago del Seguro Social, el pago de vacaciones con goce de sueldo, la prima del séptimo día ó día de descanso, el reparto de utilidades y de aguinaldos, no se cubren otras prestaciones como dotación de despensa.

En la mayoría de los casos se pasa por alto lo que establece la Ley Federal del Trabajo en su artículo 61, en el sentido de que la jornada laboral debe ser de 8 horas en turno diurno y de siete horas en turno nocturno y siete horas y media en turno mixto. Los patrones exigen laborar entre 10 y 12 horas diarias.

El artículo 66 de la Ley Federal del Trabajo establece que podrá prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca tres horas diarias ni tres veces en una semana. Siempre y cuando se le retribuya en pago extra al trabajador, con una cantidad igual a la que corresponde a cada hora de la jornada normal, según el artículo 67 de la misma ley.

Lo más grave es que no le retribuyen con pago extraordinario las horas que laboran más allá de lo que establece la ley laboral. Y que ya se impuso como normal que los asalariados laboren hasta doce horas diarias, sin que ninguna autoridad intervenga para sancionar esa situación ni obligar al pago de horas extras.

Por otra parte el doctor David Lozano, coordinador del Centro de Análisis Multidisciplinario de la Facultad de Economía de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), destacó que por lo que respecta al deterioro salarial, sigue en aumento, debido al incremento de precios que es tres veces superior al que se reporta por el INEGI, principalmente por el encarecimiento de la carne de res, de pollo, del huevo, así como granos básicos como el maíz, arroz, frijol, frutas y algunas verduras, como la lechuga, calabaza y la zanahoria.

Y anunció que en agosto próximo dará a conocer un estudio sobre ¿cómo le hace la gente para sobrevivir con su empleo de mala calidad y su bajo salario?

 
   

 

 
 
 

 

 

 
 
 
 

 

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