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Año 12. No. 637. del 11 al 17 de marzo 2018

Premio de Comunicación Alternativa

PÁGINA SOLIDARIA

En Solidaridad Publicamos Textualmente:

 

 

 

DIRECTIVOS PEMEX y CFE PROVOCAN PÉRDIDAS MULTIMILLONARIAS

Por sus malas decisiones de inversión : Auditoría Superior de la Federación

En el Informe General Ejecutivo Cuenta Pública 2016, que entregó la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en marzo de 2018 en la Auditoría Superior de la Federación al Senado de la República y que se publica en la gaceta parlamentaria, acusa a los directivos de Petróleos Mexicanos (PEMEX) y de Comisión Federal de Eectricidad (CFE) de tomar decisiones de inversión que le provocan pérdidas a la nación y a esas empresas productivas, a continuación publicamos textualmente los detalles proporcionó:

 

Algunas de las revisiones practicadas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), con motivo de la fiscalización de la Cuenta Pública 2016, a PEMEX y a la CFE indican que los resultados de decisiones de negocios tomadas por ambas entidades no reportaron beneficios económicos, ni de otra índole al Estado mexicano. La ley correspondiente que norma a estas empresas productivas del Estado, establece como uno de sus objetivos fundamentales, la obtención de utilidades, es decir, que verdaderamente generen resultados financieros positivos que beneficien al erario y a la sociedad en su conjunto.

Sin embargo, en forma sintética, se apuntan cuestionamientos sobre la idoneidad del proceso de toma de decisiones tendientes al logro de dicho objetivo, ya que en un conjunto de operaciones trascendentes para las empresas, se ha constatado que hubo, desafortunadamente, resultados negativos.

El marco legal y regulatorio que rige la actuación de ambos entes es claro en cuanto a que éstas deben disponer de un ambiente de autonomía en la toma de decisiones, bajo un esquema de negocios sustentado en una visión de gobierno corporativo. Resulta relevante destacar, por ejemplo, que el concepto de gobierno corporativo que emplea PEMEX considera la adopción de decisiones empresariales económicamente viables y favorables.

En contraste con lo anteriormente expuesto, los resultados de las revisiones de la ASF constatan que las empresas productivas del Estado han realizado operaciones que han tenido como consecuencia pérdidas en los negocios emprendidos. De manera específica, la ASF identificó que, en cuanto a la adquisición del Grupo Fertinal, por parte de PEMEX, se registró una pérdida integral neta de más de 565 mdp (auditoría 468-DE)

La transacción se realizó considerando que se adquiría un negocio en marcha que contaba con sinergias en las distintas etapas de su operación. Sin embargo, debido a diversos factores, el resultado fue negativo.

 

Entre ellos destaca la 54 Auditoría Superior de la Federación 2018 información disponible sobre las valuaciones del capital que se adquiría de Fertinal (con base en un due diligence financiero) a las que tuvo acceso el Comité de Estrategias e Inversiones de PEMEX, para tomar la decisión correspondiente.

Las mismas consideraciones son aplicables en el caso de la reactivación de la cadena productiva del Acrilonitrilo (auditoría 470-DE) en donde el potencial del negocio está limitado, toda vez que PEMEX-Etileno no ha definido un plan de acción renovado en cuanto a la utilización de los activos y el personal del Complejo Petroquímico Morelos Unigel.

Por su parte, en cuanto a la contratación y suministro de etano para el Complejo Petroquímico Etileno XXI (auditoría 1800-DE), la ASF identificó que PEMEXTransformación Industrial (PTI) incurrió en pérdidas por más de 1,900 mdp, toda vez que el precio al que vendió el etano fue menor al costo de ventas y al gasto de transportación incurridos.

De la misma forma, el Consejo de Dirección de PEMEX aprobó la adjudicación directa para la contratación del servicio relacionado con el mantenimiento de la capacidad de producción y conversión de residuales en las refinerías de Salamanca y Tula (auditoría 479-DE), la cual presenta problemáticas que se han visto reflejadas en las observaciones de la fiscalización practicada, por un monto de más de 1,178 mdp.

En esta revisión han quedado de manifiesto los riesgos que enfrenta la empresa, en cuanto a la utilización de los recursos que se asignan para este tipo de proyectos, toda vez que la normativa que rige a PEMEX es más laxa que la federal. Estas condiciones propician un ambiente de discrecionalidad que, sin un marco de control interno adecuado, colocan en una posición vulnerable la ejecución eficiente de las inversiones.

Aunado a lo anterior, se han realizado otro tipo de negocios que han implicado la compra de activos que no se han traducido en beneficios financieros y, además, no se cuenta con evidencia de que esa decisión haya contribuido, en la práctica, al fortalecimiento de la posición estratégica de PEMEX. Esta situación está presente en la compra de la Agro Nitrogenados y la consiguiente rehabilitación de las plantas de urea, ácido nítrico, nitrato de amonio en Pajaritos, Veracruz (auditoría 438-DE).

En la fiscalización de la Cuenta Pública 2015, la ASF informó que se había estimado un costo de 223 millones de dólares por el proyecto y que la puesta en marcha se preveía para abril de 2016. No obstante, al momento de la fiscalización de dicha obra se observó que este costo se había duplicado a 443 millones de dólares, mientras que el periodo de ejecución se extendió para 2017.

Cabe aclarar que la ley correspondiente que norma a estas empresas productivas del Estado, establece como uno de sus objetivos fundamentales, la obtención de utilidades, es decir, que verdaderamente generen resultados financieros positivos que beneficien al erario y a la sociedad en su conjunto. Sin embargo, en forma sintética, se apuntan cuestionamientos sobre la idoneidad del proceso de toma de decisiones tendientes al logro de dicho objetivo, ya que en un conjunto de operaciones trascendentes para las empresas, se ha constatado que hubo, desafortunadamente, resultados negativos.

 

A continuación se presentan algunos ejemplos que ilustran la problemática identificada. • Adquisiciones de complejos industriales no vinculadas directamente con los objetos sociales de las empresas, en condiciones desfavorables, con costos de reparación irrecuperables y bajo supuestas sinergias que no se han alcanzado; como son los casos de las plantas de fertilizantes Agro Nitrogenados y de tipo fosfórico.

• Enajenación de activos vinculados con los procesos industriales de este tipo de empresas –rentables y productivos– para superar problemas temporales de liquidez, pero que posteriormente su utilización debe ser pagada en condiciones desfavorables; como son los casos de venta de gasoductos en operación.

• Contrataciones a largo plazo para suministrar insumos para la operación de otras cadenas productivas con precios de referencia muy por debajo de los de mercado internacional; como son las obligaciones de suministro de etano y coque. • Contrataciones a largo plazo para obtener insumos para las empresas productivas con precios que difícilmente se traducen en ganacias; como es el caso de adquisiciones de energía limpia a precios muy superiores a los costos de generación propios.

• Adjudicaciones para mantenimiento de plantas industriales que, justificadas en supuestas emergencias, autorizan precios unitarios fuera de mercado; como es el caso del mantenimiento de la Refinería en Tula, Hidalgo.

 
 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

Año 12. No. 637. del 11 al 17 de marzo 2018

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