Portal Semanario

México, D. F.

www.frecuencialaboral.com: Premio Comunicación Alternativa

PREGUNTAS AL ABOGADO:

 

 

PREGUNTA

Hola buenos días, mi nombre es Juan correa y trabajo en NUEVA FABRICA NACIONAL DE VIDRIO, y en nuestro contrato colectivo de trabajo tenemos una clausula sobre el escalafón que dice que las categorías que se generen definitivas o temporales serán cubiertas por el trabajador de mayor antigüedad del departamento. Ahora con la reforma laboral se dice que las categorías serán cubiertas por la persona que tenga mayor competencia y habilidad, mi pregunta es si la empresa puede hacer valido lo de la reforma o se respeta lo que esta en el contrato colectivo? nuestro contrato se revisara hasta el 20 de mayo, en que nos afectaría la reforma? por su atención gracias

RESPUESTA

 

Ninguna disposición se podrá aplicar de manera retroactiva, aun tratándose de una Ley que de acuerdo a nuestro marco jurídico es  superior al CCT, pero también existen disposiciones tanto en la ley Federal de Trabajo como en distintas tesis de jurisprudencia que señala que las disposiciones que contengan beneficios para los trabajadores no podrán afectadas, mas es posible que la empresa pretenda apoyarse en las nuevas disposiciones de la ley, pero usted o ustedes tendrán el derecho de impugnar esta medida, ahora bien su verdadera fortaleza esta en su organización sindical y no permitir modificaciones a su CCT

 

 

Lic. Jesús Luna Arias 0445516779788

Correo Electrónico: jesusanau@yahoo.com

 

PREGUNTA

 

Buenos dias Estoy de vacaciones navideñas y me se me acaba de avisar que se rescinde mi relación laboral con la empresa bajo el argumento que no hay suficiente liquidez. Esto es legal? No se debe hacer esto cuando el trabajador está presente en las instalaciones donde trabaja? Agradezco su atención. Roberto Jiménez

 

RESPUESTA

No es legal,  le sugiero que demande, ya que la empresa tiene la obligación de acreditar que efectivamente se encuentra en quiebra,  y  le sugiero también que no firme usted ningún documento y si le dieron alguna constancia por escrito que usted estaba de vacaciones y que en este periodo le notificaron el despido es una demanda que seguramente usted ganara  

 

Lic. Jesús Luna Arias 0445516779788

Correo Electrónico: jesusanau@yahoo.com

 

 
   
 
 
 
 
 
 

 

 

Temas Relacionados

Calcula tu pensión o jubilación

¿Valen las Renuncias que se Firmaron en Blanco?

Acoso Sexual ¿Cómo Defenderse?

Despido Injustificado¿Qué Hacer?

Seguridad e Higiene en el Trabajo

Dudas Sobre Afores

Cómo Reclamar el Pago de Infonavit

¿Los Indocumentados Tienen Derechos?

México,D.F.

www.frecuencialaboral.com: Premio Comunicación Alternativa
Ir al Inicio
Directorio
¿Quiénes Somos?
Contáctanos
Denuncias y Opiniones