Portal Semanario
Año 10. No. 537. del 03 al 09 abril 2016
Premio de Comunicación Alternativa

DE VIVA VOZ

 

Siguen Intentando Reprimir a la Protesta Social

LA LEY ATENCO: OTRA LEY BALA FALLIDA

*Queda suspendida esa ley hasta que la Corte Emita su Fallo sobre su Inconstitucionalidad.

*No Regula el Uso de la Fuerza, Sino que Reprime el Derecho de Manifestación Pública.

Transcripción de la Participación del Edgar Cortez

Coordinador del área de Seguridad Ciudadana y Justicia

del Instituto Mexicano de Derechos Humanos

Programa Frecuencia Laboral del 09/04/2016

Publicación Original del Portal www.frecuencialaboral.com

 

La denominada “Ley Atento”, Ley   que   Regula   el   Uso   de la   Fuerza Pública en el   Estado de México , que impulsó el gobernador Eruviel Avila tiene varios problemas en su contenido, porque s sigue hablando del tema de la paz pública, criterio que sigue siendo ambiguo y discrecional para la autoridad.

No dejaba claro la escala del uso de la fuerza. Y el uso de la fuerza tiene reglas y restricciones y no se respetan y se deba abierta la posibilidad de que la fuerza letal fuera lo primero que se usara la fuerza extrema.

Tercero: habla de manifestaciones violentas, pero eso también es ambiguo porque una cosa es que en una movilización haya dos o tres personas violentas, pero eso no lleva en automático a que la manifestación sea violenta. Y esas ambigüedades también aparecían.

Cuarto: se señala que cuando haya información o evidencia de uso excesivo de la fuerza, primero se propone en esa ley primero que se agote la investigación administrativa y después se inicie la investigación penal. Lo correcto es que los dos procesos sean simultáneas.

No eran las únicas dificultades, pero es una ley que tiene contenidos contrarios a los estándares de los derechos humanos.

Ciertamente el gobernador Eruviel Avila promovió un proceso de inconstitucionalidad para que la Suprema Corte lo revise. Pero otras vez volvemos a un trabajo muy deficiente de los congresos. Yo espero que esta acción de inconstitucionalidad determine que hay que cambiar la ley.

Hay que decir que el Estado de México tiene 10 años de retraso en este tema. Hace 10 años después de la represión de San Salvador Atenco, la Suprema Corte llegó a la conclusión de que hubo violaciones graves a los derechos humanos y una de sus fue que se regulara el uso de la fuerza en todo el país y 10 años después lo hacen y lo hacen mal.

En una sociedad democrática la autoridad tiene la facultad de hacer uso de la fuerza, pero ésta tiene que ser gradual, en primer lugar tienen que indicarle a la persona o al grupo que quiere la autoridad, si eso no es suficiente se puede hacer uso de la fuerza física no letal, para controlar o detener a la persona. Si hay mayor resistencia, se puede hacer uso de mayor fuerza e, incluso, se puede hacer uso la fuerza letal si el grupo pone en riesgo a terceros, pero hay reglas.

Caben todas estas posibilidades pero ¿cómo se va a garantizar que haya entrenamiento de los policías? y si ocurre el uso excesivo de la fuerza ¿de qué manera se va a garantizar investigación objetiva de los hechos?.

Otra cosa que no hay clara perspectiva en el conjunto de la ley del respeto del ejercicio ciudadano del derecho a la manifestación y a la protesta. Más bien la ley se ubica desde la perspectiva donde lo importante es garantizarle a la autoridad no tener problemas. Y por eso se dan los malos contenidos de la ley actual.

Con el recurso de inconstitucionalidad que se interpuso queda suspendida la ley hasta que se agote el proceso, que la Suprema Corte la revise y emita su fallo. Si encuentra artículos contrarios a la constitución, el congreso tendrá que corregirlos.

 

 
   
 

 

 

 

 
 

 

 
 
 
 
 

 

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