Portal Semanario

Año 8. No. 427. del 16 al 22 feb 2014

www.frecuencialaboral.com: Premio Comunicación Alternativa

 

La Aprueban para Proteger el Sistema Financiero Internacional

LEY ANTITERRORISTA VULNERA DERECHO A LA PROTESTA

*Cualquiera que Presione a la Autoridad Podría se Acusado de Terrorista.

* Es una Reforma para Criminalizar a la Protesta Social

 

Por María de Lourdes Martínez González

Periodista y Conductora de Frecuencia Laboral

El Senado de la República ratificó la reforma a los artículos 139, 139 bis, 148 bis y 170 del código penal para aumentar de 6 a 15 años la pena mínima de cárcel por el delito de terrorismo y un máximo de 40 años y para quien financie o proteja a presuntos terroristas. Para los senadores del PRD, PT y Movimiento Ciudadano tal y como están redactada esta reforma conocida como "Ley Antiterrorista", se puede acusar de terrorista a cualquier manifestante o persona, que presione a la autoridad para que respete sus derechos. (Entró en vigor el 15 de marzo del 2014. n.d.e.)

El presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Senadores y ex secretario de Gobernación, Roberto Gil Zhuart, reconoció en la tribuna que era urgente que se aprobara esta reforma porque entre el 12 y hasta el 14 de febrero del 2014 se llevaría a cabo la reunión del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI en sus siglas en francés), en donde se encuentran integradas las potencias económicas del mundo.

Y fue el GAFI el organismo que recomendó a México aprobar esta reforma contra el terrorismo porque les interesa proteger su poderío económico en el sistema financiero internacional. Y el gobierno quería presentarse con la tarea cumplida el jueves 13 de febrero fecha en que el gobierno mexicano compareció ante ese sistema para dar cuenta cabal de los avances y sobre todo de la atención a las recomendaciones que le fueron hechas.

El GAFI, ofreció mil millones de dólares de financiamiento a México para el combate al supuesto terrorismo.

Esta reforma que se ratificó en el Senado de la República el 11 de febrero del 2014, ya se había aprobado en la Cámara de Diputados el 03 de diciembre del 2013 y desde entonces legisladores de oposición alertaron sobre el riesgo de que policías, ministerios públicos, jueces o políticos acusen de terrorista a cualquier manifestante que presione a la autoridad para que respete sus derechos, especialmente a aquellos que usan aerosoles o cohetones en las marchas -como se acostumbra en México-. (Leer Noticia Relacionada: APLICA A MANIFESTANTES LA LEY ANTITERRORISTA link: http://www.frecuencialaboral.com/manifestanteseranterroristasiusanexplosivosyaerosoles2013.html)

Eso porque los diputados del PRI y PAN, borraron de la iniciativa que aprobaron un párrafo del artículo 139 del código penal, en el que se aclaraba que no se consideraría como actos terroristas las manifestaciones de grupos sociales en el libre ejercicio de sus derechos constitucionales. Con lo cual se vulneró el derecho a la protesta pública. Y durante su discusión en el Senado se negaron a insertarlo nuevamente.

El Artículo 139 del Cógido Penal quedó como sigue:

Se impondrá pena de 15 a 40 años de prisión y de 400 a 1200 días de multa a quien:

Utilizando sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radiactivo, material nuclear, combustible nuclear, material radiactivo, fuente de radiación o instrumentos que emitan radiaciones, explosivos, armas de fuego o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento, intencionalmente realice actos en contra de bienes o servicios, ya sea públicos o privados o bien, en contra de la integridad física emocional o la vida de personas, que produzcan alarma, temor o terror en la población, o en un grupo o sector de ella para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad o a un particular u obligar a este para que tome una determinación.

El artículo 148 bis…es el mismo texto pero señala que se trate de bienes o servicios de un estado extranjero, en territorio mexicano y al que prepare en territorio mexicano un acto terrorista que se haya cometido en el extranjero.

el artículo 170 es el mismo texto pero acota que se trate en áreas marítimas.

La sanción aumentara a una mitad si se retiene a una persona en calidad de rehén, se genere daño o perjuicio a la economía nacional, el delito sea cometido en contra de un edificio público. Y a quien recaude o financie a organizaciones terroristas o a quien encubra.

Dolores Padierna, vicecoordinadora del PRD en la Cámara de Senadores, sostuvo que México no está ni en la lista roja del GAFI, de máxima alerta, ni en la lista gris o precautoria, de países con problemas de Terrorismo. Por lo cual esta reforma se inscribe dentro de la ola de modificaciones a las leyes para criminalizar a la protesta social.

"Es un agregado que tiende a criminalizar cualquier protesta en torno a las plataformas petroleras, ahora que van ser privadas, o a las instalaciones aeroportuarias. Bajo este criterio, el movimiento de los pilotos, de las sobre cargos de Mexicana de Aviación, podrían ser acusados de terroristas...Ya no digamos el caso de los maestros de la CNTE, que se manifestaron afuera del aeropuerto de la ciudad de México. O los trabajadores de Pemex o de CFE, cuando pretendan defender su fuente de trabajo. O los manifestantes de las tiendas Sorianas, después del Monexgate.

Medidas de este tipo se inscriben dentro de la creciente restauración autoritaria que vivimos en los últimos años. La doble alternancia y el retorno del PRI al poder, con la clara alianza del PAN, no alienta a una solución democrática, a salidas políticas, a los conflictos sociales, van por la vía penal".

 
 
 

 

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

Año 8. No. 427. del 16 al 22 feb 2014

www.frecuencialaboral.com: Premio Comunicación Alternativa
Ir al Inicio
Directorio
¿Quiénes Somos?
Contáctanos
Denuncias y Opiniones