Portal Semanario
Año 9. No. 506. del 23 al 29 agosto 2015
Premio de Comunicación Alternativa
www.frecuencialaboral.com

 

PÁGINA SOLIDARIA

En Solidaridad Publicamos Textualmente:

 

GOBERNADOR DE TLAXCALA APLICA EL TERRORISMO DE ESTADO

*Las Instituciones del Gobierno del Tlaxcala están al Servicio de la Transnacional SANDAK

*Encarcela a Trabajador de Sandak que Encabeza la Demanda por Reapertura de su Fuente de Empleo

*La Causa: Un Supuesto Despojo que, Por Supuesto, no Existió.

*Persiste la Represión en Contra de l@s Trabajador@s a quienes tratan como criminales por Exigir sus Derechos.

Como sucedió con el compañero Epifanio García Carrillo encarcelado en el mes de enero del dos mil quince, nuevamente la empresa Calzado Sandak a través de sus abogados, estuvieron a la caza del Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores de Calzado Sandak y el día lunes 17 de agosto del presente año, cuando se percataron que Gustavo Labastida Andriano, salió de su casa en una camioneta donde iba de pasajero con su sobrino.

Los abogados de la empresa hablan con los policías ministeriales y describen la camioneta y placas donde éste había salido y a las 11:15 a.m., interceptan la camioneta y argumentando su revisión, piden se identifiquen los pasajeros de la misma, Gustavo como no venía conduciendo no tendría porqué entregar documentación alguna, porque se supone existe libertad de tránsito; acercándose en ese momento los abogados de la empresa Sandak y señalan a Gustavo Labastida Andriano, ser la persona que tenía orden de aprehensión y entonces los policías ministeriales le preguntan sí él es Gustavo Labastida Andriano, aceptando él mismo y lo obligan a subir al vehículo policial, donde fue trasladado al CERESO de Apizaquito, Tlaxcala.

Les recordamos que en ese mismo expediente penal detuvieron a Epifanio García Carrillo y lo encerraron en el mismo CERESO, la causa: Despojo, que por supuesto no existió, ni existe, en agravio de la empresa Calzado Sandak.

Como se señala, en el mes de enero de este año, después de la liberación de Epifanio García Carrillo, se hizo comparecer a 9 indiciados más y a todos se les dictó su libertad, incluido Gustavo Labastida Andriano; existiendo una apelación del Ministerio Público a dicha resolución y que no les fue notificada a los indiciados y que es parte de uno de los conceptos de violación del juicio de garantías que se promueve en favor de los trabajadores de Calzado Sandak.

Ese juicio de garantías se encuentra en trámite pero que no se ha aceptado para su resolución en la audiencia constitucional correspondiente, al existir tres requerimiento; uno de de ellos es que hiciera el Juzgado de Distrito señaló que faltaba la fecha de notificación del acto reclamado, cuestión que se dijo, pero se volvió a señalar y por tanto se desahogó; otro requerimiento del mismo juzgado es que no se formuló bajo protesta, también desahogado; y el tercero, más grave, el juzgado señala que las firmas en el amparo de los diversos desahogos, son distintas a la de los indiciados y conceden un término de 2 días para ratificar su firma.

La situación se tornó riesgosa porque al salir los trabajadores de sus casas los iban a detener, porque existe una orden de reaprehensión, derivado de la apelación formulada; si al llegar al juzgado de distrito o en su trayecto a él, existe la posibilidad de que los puedan detener, incluso antes de ratificar su firma y por lo tanto no prosperaría el amparo, por falta de cumplimiento de la ratificación de sus firmas. Si llegan a realizar la ratificación de sus firmas, podrían ser detenidos en ese momento o al llegar a sus domicilios o en el trayecto de regreso, con lo que perdería la esencia el amparo promovido, pues estarían recluidos, cuestión que se pretende evitar con el amparo.

El delito de despojo no es grave, pero la juez, prejuzgando que no son trabajadores, pues únicamente han solicitado informes para integrar el expediente del proceso penal, a la Junta Local y al Juzgado Segundo de Distrito, no así al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito en Tlaxcala, en el Expediente RT. 285/2014, mismo que no ha resuelto el Recurso de Revisión presentado desde el mes de mayo del dos mil catorce; a pesar de ello, el asunto penal ha venido produciendo sus consecuencias legales de detención arbitraria al acusarlos de despojo, cuestión que es falsa pues l@s trabajador@s se encuentran fuera de las instalaciones de la empresa e incluso la empresa ha estado entrando y saliendo de dichas instalaciones, sacando maquinaria; por lo tanto, no se materializa ningún delito de despojo en su perjuicio.

Pero se mantiene la represión en contra de l@s trabajador@s a quienes tratan como criminales, esto por parte de algunas instituciones del Estado de Tlaxcala (Procuraduría, Tribunal Superior de Justicia del Estado) y del mismo Estado que encabeza el Gobernador Mariano González Zarur y la empresa Calzado Sandak.

 

Eduardo Díaz Reguera

Abogado Defensor

 

 

 
   

 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 
 
 
 
 
 

 

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